AFECTACIÓN A LA PROPIEDAD PRIVADA, AL CONSIDERAR UN PREDIO RURAL DE FALSA TRADICIÓN COMO BIEN BALDÍO
Palabras clave:
Predio Baldío, Agencia Nacional de Tierras, UAF, Unidad Agrícola Familiar, Derecho Real de Dominio, Falsa TradiciónResumen
La situación jurídica de los predios rurales en Colombia ha sufrido una transformación, pues la disputa de los diferentes grupos armados al margen de la ley ocasionó el desplazamiento de los campesinos al centro del país, abandonando sus tierras o vendiendo sus derechos incompletos.
Pero existen más circunstancias generadoras de falsa tradición, como las omisiones que hacían en la realización de un negocio, por ejemplo, cuando muere el titular de derecho real y sus herederos venden sus bienes, sin realizar el proceso de sucesión. Por cuanto estarían vendiendo solo derechos herenciales, Es decirransfieren un derecho incompleto; también se presenta cuando una persona nunca registra el bien en la oficina de registro de instrumentos públicos. Son muchas las situaciones que dieron origen a la falsa tradición de los predios rurales, incluso existen hechos que generaron una percepción de que nunca existió un titular de derecho real de dominio, aun cuando han sido poseídos desde tiempo atrás, pasando por manos de familias enteras, de generación en generación, quienes han ejercido actos de señor y dueño comportándose como sus propietarios.
Es ahí donde se inicia el desarrollo de esta gran controversia, pues, el Estado decide, mediante una resolución, considerar a los predios de falsa tradición como terrenos baldíos, dejando así el deber a sus propietarios de probar que no lo son, para esto existen unos procesos dentro de los cuales se distingue el de adjudicación, pertenencia y un proceso verbal especial que serán explicados en el desarrollo del proyecto.
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